La iniciativa radicada por el Gobierno plantea modificaciones tributarias para trabajadores, independientes, empresas y consumidores. Aunque todavía está en trámite en el Congreso, sus posibles efectos ya generan preguntas sobre el costo de vida, la nómina y la planeación financiera empresarial.
Una nueva discusión económica comienza a tomar fuerza en Colombia: ¿cómo financiar la estabilidad de las finanzas públicas sin aumentar las presiones sobre los hogares y las empresas?
El Gobierno Nacional presentó ante el Congreso el Proyecto de Ley 477 de 2026 Cámara, denominado Ley de Rescate Económico, una iniciativa que combina medidas de reducción del gasto público, cambios tributarios y mecanismos para promover la inversión y el crecimiento económico.
El proyecto, radicado el 29 de octubre de 2026, propone modificar el impuesto de renta de las personas naturales, ajustar los aportes al sistema de salud, ampliar la base del IVA y crear un mecanismo de devolución del impuesto para los hogares de menores ingresos.
La discusión no es menor. Sus disposiciones podrían tener efectos sobre los ingresos de los trabajadores, los costos laborales de las empresas, los precios de algunos bienes y servicios y las decisiones de inversión.
Una precisión importante: al 8 de noviembre de 2026, el proyecto continúa en trámite en la Cámara de Representantes. Por tanto, las medidas descritas son propuestas y no deben aplicarse como obligaciones vigentes. El texto puede cambiar durante su discusión legislativa.
1. Impuesto de renta: más personas podrían comenzar a pagar
Uno de los cambios que plantea la iniciativa está relacionado con el umbral de renta líquida gravable a partir del cual las personas naturales comenzarían a pagar impuesto de renta.
Actualmente, la tabla contempla una tarifa del 0 % hasta las 1.090 UVT de renta líquida gravable. El proyecto propone reducir ese límite a 720 UVT e introducir una tarifa marginal del 9 % sobre el excedente hasta las 1.090 UVT.
En términos prácticos, esto ampliaría el grupo de personas que podrían quedar sujetas al impuesto.
La propuesta también contempla:
- Reducir el límite anual de la renta exenta laboral del 25 %, de 790 a 630 UVT.
- Disminuir el límite conjunto de rentas exentas y deducciones de 1.340 a 1.180 UVT.
- Eliminar la deducción adicional de 72 UVT por dependiente, aunque se conservaría la deducción prevista en el artículo 387 del Estatuto Tributario.
- Aplicar la tarifa marginal del 39 % sobre el excedente de 8.670 UVT, modificando los tramos superiores de la tabla.
¿Qué significa esto para los trabajadores?
Que el ingreso disponible podría reducirse para determinados niveles salariales, dependiendo de las deducciones, los ingresos y las condiciones particulares de cada contribuyente.
Una simulación divulgada por Anif, atribuida a su presidente José Ignacio López y elaborada sobre el texto radicado, estimó pagos mensuales adicionales de $75.000 para un asalariado con ingresos de $5 millones, $419.000 para uno con $10 millones, $584.000 para uno con $15 millones y $861.000 para uno con $20 millones.
Estos valores corresponden a un ejercicio con supuestos específicos: trabajador con un dependiente, salario ordinario y sin primas ni otras deducciones. No representan una liquidación universal ni una obligación actualmente exigible.
2. Aportes a salud: un cambio que también tocaría el ingreso laboral
La iniciativa propone modificar la cotización a salud de los trabajadores dependientes y los independientes.
Para los trabajadores dependientes, la cotización individual, actualmente del 4 %, aumentaría progresivamente según el nivel de ingresos, hasta alcanzar el 8 %.
Para los independientes, el proyecto plantea elevar el aporte del 12,5 % al 15,5 %. El aporte del empleador se mantendría en el 8,5 %, de acuerdo con el análisis del articulado.
La propuesta también modifica la exoneración de aportes al SENA, ICBF y salud para determinados empleadores.
Actualmente, los empleadores beneficiarios de la exoneración pueden aplicarla respecto de trabajadores que devengan menos de diez salarios mínimos. El proyecto propone limitar la exoneración total a trabajadores de hasta dos salarios mínimos.
Para quienes devenguen entre dos y tres salarios mínimos se plantea el pago de aportes específicos, y por encima de tres salarios mínimos dejaría de operar la exoneración.
De aprobarse, estos cambios tendrían implicaciones tanto para el ingreso disponible de los trabajadores como para la estructura de costos de las empresas.
En consecuencia, las áreas financieras y de talento humano tendrían que revisar sus escenarios de nómina, contratación y presupuesto laboral.
3. IVA: una ampliación que podría sentirse en el consumo cotidiano
Otro de los puntos más sensibles de la propuesta es la modificación de la base gravable del impuesto al valor agregado.
El proyecto plantea eliminar la tarifa diferencial del 5 % a partir del 1 de enero de 2028 y trasladar la mayoría de los bienes y servicios que hoy están gravados con esa tarifa al 19 %.
También propone modificar las listas de productos excluidos y exentos.
Entre los bienes y servicios que podrían pasar a la tarifa general del 19 %, según el análisis del articulado, se encuentran:
- Determinados productos agropecuarios y alimentos procesados.
- Algunos bienes tecnológicos y equipos de movilidad.
- Ciertos servicios digitales y de publicidad.
- Algunos bienes relacionados con la generación de energía solar.
- Productos que actualmente cuentan con tratamientos tributarios diferenciales.
La propuesta también contempla que algunos productos que hoy están excluidos pasen a estar gravados. Sin embargo, no significa que todos los alimentos de la canasta familiar vayan a tener IVA del 19 %.
El análisis tributario de BDO identifica productos que continuarían excluidos, entre ellos arroz, papa, yuca, granos, pan, pescado y lácteos, además de servicios como salud, educación, transporte público y arrendamiento de vivienda, bajo las condiciones previstas en el proyecto.
Hay, además, cambios específicos que podrían entrar en vigor desde la promulgación de la ley, si es aprobada. Entre ellos se encuentran:
- El aumento del IVA del 5 % al 19 % para vehículos híbridos y eléctricos.
- La eliminación del beneficio de IVA para determinadas importaciones de bajo valor.
- La aplicación del 19 % a determinados servicios de software y contenidos digitales.
Por eso, el debate sobre el IVA no debe limitarse a cuánto podría costar un producto en el supermercado. También involucra el acceso a tecnología, la digitalización de las empresas, la movilidad sostenible y los costos de diferentes actividades económicas.
4. EfectIVA: la propuesta de devolución del IVA
Como mecanismo de compensación, el Gobierno propone crear EfectIVA, un programa que comenzaría el 1 de enero de 2028.
La iniciativa contempla devolver el IVA efectivamente pagado a personas ubicadas en los primeros deciles de ingresos y establecer porcentajes parciales para otros grupos de menores ingresos.
Según el proyecto, la devolución sería:
- 100 % para las personas de los tres primeros deciles.
- 50 % para el siguiente grupo.
- 40 % para el siguiente.
- 30 % para el sexto grupo.
El mecanismo tendría un límite mensual de 5,5 UVT por persona y estaría asociado al IVA efectivamente pagado, con soporte de factura electrónica.
El Ministerio de Hacienda ha estimado que cerca de 19 millones de colombianos podrían recibir la devolución completa, mientras otros grupos accederían a compensaciones parciales.
El propósito es introducir un mecanismo de compensación que reduzca el impacto de la ampliación del IVA sobre los hogares de menores ingresos.
Sin embargo, su efectividad dependerá de las reglas definitivas, la identificación de los beneficiarios, la capacidad operativa del programa y la oportunidad de los pagos.
5. ¿Qué deberían revisar las empresas?
Más allá del impacto sobre los consumidores, la iniciativa plantea desafíos importantes para la gestión empresarial.
Los cambios propuestos pueden afectar la estructura de costos, las políticas de precios, la contratación, los presupuestos y la planeación financiera.
Para las empresas, hay cinco frentes que merecen seguimiento:
1. Planeación de nómina: revisar escenarios de costos laborales, aportes y contratación, especialmente para las organizaciones con trabajadores en diferentes rangos salariales.
2. Estructura de precios: identificar productos y servicios que podrían cambiar de tratamiento tributario y evaluar sus posibles efectos sobre los márgenes y la demanda.
3. Gestión financiera: construir escenarios presupuestales para 2027 y 2028, sin anticipar obligaciones que todavía no han sido aprobadas.
4. Estrategia comercial: evaluar cómo podrían cambiar las decisiones de compra de los consumidores frente a posibles variaciones de precios.
5. Cumplimiento tributario: mantener actualizados los procedimientos de facturación, contabilidad y gestión fiscal, de acuerdo con las disposiciones que finalmente sean aprobadas.
Para las micro, pequeñas y medianas empresas, esta revisión es especialmente importante. Los cambios tributarios pueden tener efectos distintos según el sector, el tamaño, la estructura de costos y la capacidad de adaptación de cada organización.
6. Una discusión que va más allá de los impuestos
La Ley de Rescate Económico plantea una discusión de fondo sobre el modelo fiscal y económico del país.
Por una parte, el Gobierno busca fortalecer los ingresos públicos, reducir el gasto y generar condiciones para la estabilidad de las finanzas estatales. Por otra, los cambios tributarios generan inquietudes sobre el ingreso disponible de los hogares, el costo de vida, la formalización y la competitividad empresarial.
El reto está en encontrar un equilibrio entre sostenibilidad fiscal, equidad tributaria, inversión y crecimiento económico.
Para los empresarios, la discusión no debería limitarse a esperar la aprobación o el rechazo del proyecto. Es una oportunidad para fortalecer la capacidad de anticipación, comprender los escenarios regulatorios y tomar decisiones con información.
Para los trabajadores y consumidores, es importante conocer qué se propone, a quiénes podría afectar y cuáles serían los mecanismos de compensación.
La información tributaria no es un asunto exclusivo de los contadores. También es una herramienta para tomar decisiones financieras, laborales y empresariales.
¿Qué sigue en el Congreso?
El Proyecto de Ley 477 de 2026 Cámara fue radicado el 29 de octubre y, según el registro legislativo consultado al 8 de noviembre, se encuentra en trámite en comisión.
Esto significa que todavía debe avanzar en el proceso de discusión y aprobación legislativa. Sus artículos pueden ser modificados, eliminados o incorporados durante el debate.
Por eso, antes de modificar contratos, liquidaciones de nómina, facturación o presupuestos, las empresas y los contribuyentes deben verificar las normas que estén efectivamente vigentes.
La pregunta para empresarios y ciudadanos
¿Estamos preparados para anticipar los cambios económicos y tributarios que podrían transformar nuestras decisiones en 2027 y 2028?
La respuesta requiere información, planeación y capacidad de análisis.
En un entorno económico cambiante, comprender las propuestas antes de que se conviertan en obligaciones es una ventaja para las organizaciones y para los hogares.
En Café con la Gerencia creemos que una buena decisión comienza con información confiable, interpretación estratégica y capacidad de anticipación.
Porque entender las reglas del entorno también hace parte de dirigir, emprender y construir empresa en Colombia.
CAFÉ CON LA GERENCIA
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